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Derechos de los Inmigrantes
Independientemente de su estatus migratorio, usted tiene derechos garantizados por la Constitución. Aprenda más aquí sobre sus derechos y cómo expresarlos. OJO: ESTA NO ES ASESORIA LEGAL Y NO SUBSTITUYE UNA CONSULTA CON UN ABOGADO.
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Agentes policiales preguntan sobre su estatus migratorio dentro de los Estados Unidos
Cómo reducir el riesgo para usted mismo
- Mantenga la calma. No corra, discuta, resista, u obstruya al oficial, incluso si cree que están violando sus derechos. Mantenga sus manos donde la policía pueda verlas.
- No mienta sobre su estatus migratorio ni proporcione documentos falsos.
Sus derechos
- Usted tiene el derecho de permanecer callado y no tiene que compartir su estatus migratorio, donde nació, si es ciudadano, ni como entro al país con la policía, los agentes de inmigración, u otros funcionarios. Cualquier cosa que le diga a un oficial puede luego ser usada en su contra en la corte de inmigración.
- Si no es ciudadano de los EE.UU. y un agente de inmigración le pide sus documentos de inmigración, usted debe mostrárselos.
- Si un agente de inmigración pregunta si pueden registrarlo, usted tiene el derecho a decir que no. Los agentes no tienen el derecho a registrarlo o a registrar sus cosas sin obtener su consentimiento o sin tener una causa probable. Esto significa que el agente debe poseer hechos sobre usted que hagan probable que esté cometiendo o haya cometido una violación de la ley migratoria o federal.
- Si es mayor de 18 años, lleve sus documentos de inmigración válidos consigo en todo momento. Si no tiene documentos de inmigración válidos, tiene el derecho a permanecer callado y a pedir hablar con un abogado/a antes de responder a cualquier pregunta.
Qué hacer en un encuentro con agentes policiales
- Si desea ejercer su derecho a permanecer callado, diga en voz alta: "Estoy ejerciendo mi derecho de guardar silencio.” No es necesario dar ninguna explicación.
- En ciertos estados, es requerido proveer su nombre a los agentes policiales si lo para la policía y le piden que se identifique. Pero, aunque de su nombre, no necesita responder a ninguna otra pregunta.
- Si está manejando y lo paran, el oficial puede requerir que enseñe su licencia de conducir, registro y prueba de seguro, sin embargo, no necesita responder a preguntas sobre su estatus migratorio.
Recursos adicionales
- Si necesita más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
Me ha detenido la policía o ICE dentro de los Estados Unidos
Cómo reducir el riesgo para ti mismo
- Mantenga la calma, no se resista ni obstruya las actividades de los agentes u oficiales.
- No dirija la mano a la cintura cuando se acerque un agente u oficial.
- No mienta ni de documentos falsos.
- Prepárese y prepare a su familia en caso de que lo arresten. Apréndase de memoria los números de teléfono de su familia y su abogado/a. Haga planes de emergencia.
- Diga a los oficiales si tiene una condición médica o necesita coordinar cuidado para sus niños.
- Tenga consigo prueba de que ha vivido en los Estados Unidos por más de dos años (por ejemplo: documentos fechados como recibos de pago, cheques, documentos médicos, documentos escolares, estados de cuenta de las tarjetas de crédito, etc."
- Consulte con un abogado de inmigración para ver si tiene alguna opción de arreglar su estatus migratorio.
- Si la tiene, lleve consigo evidencia de entrada o su estatus legales en los Estados Unidos. Si tiene una solicitud de asilo pendiente u otro caso o apelación en un tribunal de inmigración, lleve consigo evidencia de ello.
Sus Derechos
- Usted tiene derecho a permanecer callado.
- En algunos estados, es requerido proporcionar su nombre si se le pide que se identifique.
- Tiene derecho a no dar su consentimiento para que lo registren o que registren sus pertenencias. Sin embargo, la policía puede palpar su ropa si sospechan que usted carga un arma consigo.
- Si es arrestado por la policía, tiene derecho a un abogado/a dado por el gobierno.
- Si es detenido por ICE, tiene derecho a consultar con un abogado/a, pero el gobierno no está obligado a darle un abogado. Puede solicitar una lista de abogados gratuitos o a bajo costo.
- Usted tiene derecho a permanecer callado. No tiene que responder a preguntas acerca de dónde nació, si es ciudadano de los EE.UU., ni cómo ingresó al país.
- Ojo: Aplican reglas distintas en los cruces fronterizos internacionales y aeropuertos. También aplican reglas distintas a individuos con ciertas visas de noinmigrantes, incluyendo a los turistas y a las personas en viajes de negocios.
¿Qué hacer si eres arrestado o detenido?
- Tiene derecho a permanecer callado y solicitar un abogado/a de inmediato. No es necesario dar ninguna explicación. Si desea ejercer sus derechos, diga: "Estoy ejerciendo mi derecho de guardar silencio. Deseo hablar con un abogado/a tan pronto como sea posible.” Tiene derecho a no firmar ni tomar decisiones sin un abogado/a.
- Si ha sido arrestado por la policía, tiene derecho a hacer una llamada local. Si la llamada es con un abogado, la policía debe brindarle privacidad y no escuchar su conversación.
- Si usted no es ciudadano: pregúntele a su abogado/a sobre el efecto que una condena penal puede tener en su estatus migratorio. No comparta su estatus migratorio con nadie más que con su abogado/a. Mientras esté en la cárcel, un agente de inmigración puede visitarlo. Tiene derecho a no responder ninguna pregunta ni firmar nada antes de hablar con un abogado/a. Lea todos los papeles completamente. Si no entiende o no puede leer los documentos, tiene derecho a pedir un intérprete.
- Si ha sido detenido por ICE, tiene derecho a una llamada gratis. También puede comunicarse con su consulado de forma gratuita o pedirle a un oficial que informe a su consulado sobre su detención.
- Apréndase el número que le asigne inmigración (número "A") y compártalo con su familia o su contacto de emergencia. Esto ayudará a localizarlo si es detenido por inmigración.
- Guarde una copia de sus documentos de inmigración con alguien de confianza.
Si crees que tus derechos fueron violados
- Apunte todo lo que pueda recordar, incluyendo los números de las placas de los agentes y las placas de los vehículos de patrulla, de qué agencia eran los oficiales y cualquier otro detalle. Obtenga información para poder contactar a personas que hayan sido testigos de los hechos.
- Si resulta lesionado, busque atención médica de inmediato y tome fotografías de sus lesiones.
- Avísele a su abogado ya que esta información podría ayudar a su caso de inmigración.
- Presente una denuncia por escrito ante la división de asuntos internos o la junta civil de quejas de la agencia que haya violado sus derechos. En la mayoría de los casos, puede presentar una denuncia de forma anónima si así lo desea.
Recursos adicionales
- Si necesita más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
Agentes de ICE llegan a mi lugar de trabajo
Sus derechos
- Los agentes de inmigración pueden acceder a las zonas públicas de su lugar de trabajo. Para entrar en zonas privadas, los agentes de inmigración deben tener permiso del propietario o gerente para llevar a cabo una redada en un lugar de trabajo (fábrica, restaurante, granja, etc.).
- Si los agentes no tienen permiso, deben contar con una orden de registro firmada por un juez o magistrado federal.
- Tiene derecho a no permitir ser registrado. Diga en voz alta que no permite que registren sus pertenencias.
- Tiene derecho a permanecer callado. No tiene que compartir su estatus migratorio con nadie, ni incluyendo dónde nació, si es ciudadano, ni cómo entró al país.
- Tiene el derecho a grabar su interacción con los agentes de inmigración siempre y cuando no interfiera con las actividades de los agentes.
¿Qué hacer cuando llega la policía o ICE?
- Pregunte si se puede marchar. De ser así, váyase tranquilamente. Si los agentes de inmigración tienen permiso para registrar su lugar de trabajo, pueden impedir que los empleados se marchen.
- Si tiene documentos de inmigración válidos, debería mostrarlos. Nunca presente documentos falsos.
- Si es arrestado, puede decir que quiere permanecer en silencio hasta que hable con un abogado.
Recursos adicionales
- Si necesita más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
La policía o ICE están en mi casa
Cómo reducir el riesgo para usted mismo
- Manténga la calma y mantenga su puerta cerrada. El abrir la puerta no les da permiso de entrar, pero es más seguro hablar con ICE a través de la puerta con la puerta cerrada.
- Si se aleja de la puerta en cualquier momento o si hace ciertos gestos pueden ser interpretados como autorización de entrar. Si ellos logran entrar sin permiso, digo, “No concedo que entren en mi casa.”
- Dígales si:
- Hay niños o personas mayores presentes
- Está enfermo, recibiendo tratamiento o medicinas, o está amamantando o embarazada
- Un ser querido está a su cargo y tiene que coordinar su cuidado
Sus derechos
- Tiene derecho a permanecer callado, incluso si el oficial tiene una orden judicial.
- Tiene derecho a no permitir que la policía o los agentes de inmigración entren a su hogar a menos que tengan ciertos tipos de órdenes judiciales como una orden judicial de registro o una orden de arresto.
- Si la policía tiene una orden de arresto, se les permite legalmente ingresar a la casa de la persona especificada en la orden si creen que esa persona está adentro. Por lo contrario, si solo tienen una orden de expulsión / deportación (el formulario I-205) los agentes no tienen el derecho a ingresar a su casa sin su consentimiento.
- Tiene el derecho a grabar su interacción con los agentes de inmigración siempre y cuando no interfiera con las actividades de los agentes.
¿Qué hacer cuando llega la policía o ICE?
- Pregunte si son agentes de inmigración y por qué están ahí.
- Pídale al agente o al oficial que le muestre su identificación a través de la ventana o la mirilla.
- Pregunte si tienen una orden firmada por un juez. Si responden que sí, pídales que pasen la orden por debajo de la puerta o que la pongan contra la ventana para que pueda inspeccionarla.
- Asegúrese de que la orden tenga la dirección del domicilio correcto.
- La orden debe decir el nombre de la corte y el nombre del juez, con una firma al lado del nombre del juez. Solo los jueces estatales o federales pueden firmar una orden de registro. Los jueces de inmigración no tienen esa autoridad.
- Si no está seguro, pida tiempo para llamar a un abogado.
- No abra la puerta a menos que ICE le muestre una orden judicial de registro o una orden de arresto que nombre a una persona en su residencia y / o especifique el área autorizada a ser registrada en su dirección.
- Si no muestran una de esas órdenes, mantenga la puerta cerrada. Diga: "No doy consentimiento a que entren."
- No mienta ni produzca ningún documento falso. No firme ningún documento sin hablar primero con un abogado/a.
- Si ICE busca a un ser querido, no mienta sobre su paradero. Puede decir: “No quiero contestar ninguna pregunta,” y puede pedir a los agentes que dejen sus datos de contacto. No es requerido decirles cómo pueden localizar a la persona que buscan.
- Solicite un intérprete si el inglés no es el idioma con el que se siente más cómodo.
- Si los agentes entran a la fuerza, no trate de resistirse, no interrumpa un arresto. Si desea ejercer sus derechos, diga: "No consiento a su entrada o su registro de este lugar. Estoy ejerciendo mi derecho de guardar silencio. Deseo hablar con un abogado/a tan pronto como sea posible.” No es necesario dar ninguna explicación.
- Ojo: Si está en libertad condicional con una condición de búsqueda, las autoridades policiales pueden ingresar a su hogar.
Recursos adicionales
- Si necesita más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
- Immigrant Defense Project (Proyecto de Defensa de los Inmigrantes)
Necesito un abogado/a
Sus derechos
- Si es arrestado por la policía, tiene el derecho a un abogado/a dado por el gobierno, y debe pedir uno de inmediato. También tiene el derecho a una llamada telefónica local y privada dentro de un período razonable de tiempo desde su arresto. La policía debe brindarle privacidad y no debe escuchar su conversación si es a un abogado/a.
- Si lo detiene ICE o la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), tiene el derecho de contratar a un abogado/a, pero el gobierno no está requerido a darle uno. Puede pedir que le den una lista de proveedores de servicios de asesoría legal gratuitos o a bajo costo.
- Si es detenido por ICE, tiene el derecho de llamar a un abogado/a o su familia, y tiene el derecho de ser visitado por un abogado/a en detención. También tiene el derecho de que su abogado/a le acompañe en cualquier audiencia ante un juez de inmigración. Y tiene derecho de comunicarse con su consulado o pedirle a un oficial que le informe a su consulado sobre su detención.
- Tiene el derecho de no hablar con un policía o un agente de ICE, de no firmar ningún documento y de no tomar decisiones sin un abogado/a.
Recursos adicionales
- Si necesitas más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
- Immigration Advocates Network (Directorio Nacional de Servicios Legales de Inmigración)
- Una lista de la información de contacto de organizaciones legales que ayudan a las personas inmigrantes
He sido detenido cerca de la frontera por la Patrulla Fronteriza
Cómo reducir el riesgo para usted mismo
- Mantenga la calma cuando interactúe con oficiales de inmigración. No mienta ni provea documentos falsos.
- Nunca huya de un puesto de control migratorio.
Sus derechos
- Tiene el derecho a permanecer callado. También puede decirle al agente que solo responderá a preguntas en presencia de un abogado/a, sin importar su ciudadanía o su estatus migratorio.
- No es requerido que conteste preguntas acerca de su estatus migratorio. Una excepción limitada existe para las personas que tienen permiso de estar en los EE.UU. por una razón específica y por un período limitado de tiempo (por ejemplo, una persona “no inmigrante” con una visa). Dichas personas deben proveer información sobre su estatus migratorio si se les pregunta.
- Por lo general, un agente de la Patrulla Fronteriza no puede detenerlo/la a menos que tenga una “sospecha razonable” de que esté cometiendo o haya cometido una violación de la ley migratoria o federal.
- Un agente de inmigración no puede arrestarlo/la sin “causa probable.” Esto significa que el agente debe poseer hechos sobre usted que hagan probable que esté cometiendo o haya cometido una violación de la ley migratoria o federal.
- En puestos de control migratorio, los agentes no necesitan ninguna sospecha para detenerlo/la y hacerle preguntas, pero sus preguntas deben ser breves y relacionadas a verificar su estatus migratorio. También pueden inspeccionar visualmente su vehículo.
Qué esperar
- Las personas que hayan entrado a los EE.UU. sin ser inspeccionados por un oficial de inmigración pueden estar sujetas a deportaciones aceleradas conforme a ciertos criterios. Si teme a una persecución de ser regresado a su país de origen, debe informarle inmediatamente a los agentes de inmigración de su miedo.
- En controles fronterizos, las autoridades federales no necesitan una orden judicial ni siquiera una sospecha de un delito para llevar a cabo lo que las cortes han llamado una “revisión rutinaria,” como registrar equipaje o un vehículo.
- Si un agente le pide documentos, lo que necesita proporcionar difiere dependiendo de su estatus migratorio. Los ciudadanos estadounidenses no tienen que llevar pruebas de ciudadanía si están dentro de los EE.UU. Si usted no es ciudadano y tiene documentos migratorios válidos y es mayor de los 18 años de edad, la ley requiere que usted lleve esos documentos consigo. Si un agente de inmigración le pide que se los muestre, debe enseñárselos. Si usted es una persona inmigrante sin documentos, puede rehusar la petición del agente, aunque el agente podría entonces hacerle más preguntas.
Recursos adicionales
- Si necesitas más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
Fui detenido por la policía, ICE, o la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en tránsito
Cómo reducir el riesgo para usted mismo
- Mantenga la calma. No corra, discuta ni obstruya al oficial o agente. Mantenga las manos alzadas donde puedan verse.
- Si está manejando un auto, encienda las luces intermitentes de emergencia, reduzca la velocidad y estaciónese la carretera en un lugar seguro tan pronto sea posible. Apague el motor, prenda la luz interna, abra la ventana parcialmente y ponga las manos en el volante. Si se lo piden, muéstrele a la policía su licencia de manejar, registro y prueba de seguro.
- Si usted no es un ciudadano estadounidense y un agente de inmigración pide sus documentos, usted debe mostrárselos si los tiene consigo. Si usted es mayor de 18 años de edad, lleve sus documentos migratorios válidos consigo en todo momento. Si no tiene documentos migratorios, tiene derecho a permanecer callado.
Sus derechos
En un auto:
- Los conductores y pasajeros tienen el derecho a permanecer callados. Si usted es un pasajero, puede preguntar si puede irse. Si el agente dice que sí, márchese con calma.
- Si un policía o agente de inmigración pide revisar el interior de su auto, usted puede negarse a la revisión. Pero si la policía cree que su auto contiene evidencia de un crimen, su auto puede ser registrado sin su consentimiento.
- La policía puede ordenarle a usted y a sus pasajeros a que salgan del vehículo por seguridad. Obedezca y salga tranquilamente si se lo piden.
- Además de la policía, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) lleva a cabo “patrullas ambulantes” en el interior de los EE.UU. parando a motoristas. CBP debe tener una sospecha razonable que el conductor o los pasajeros en el carro han cometido una violación migratoria o un crimen federal.
- Cualquier arresto o detención prolongada por parte de CBP requiere que el agente tenga causa probable. Esto significa que el agente debe poseer hechos sobre usted que hagan probable que esté cometiendo o haya cometido una violación de la ley migratoria o federal. Usted puede preguntarle a los agentes en que basan su causa probable y deben decírselo. En esta situación, tanto el conductor como los pasajeros tienen el derecho a permanecer callados y no contestar preguntas sobre sus estatus migratorio.
En un avión:
- Un piloto puede negarse a transportar a un pasajero si el piloto cree de forma razonable que el pasajero es una amenaza para la seguridad del vuelo. Un piloto no puede, sin embargo, interrogarlo/la ni negarse a permitirlo/la a bordo del vuelo por prejuicios basados en su religión, raza, origen nacional, género, etnicidad, o creencias políticas.
- Si usted cree que está por error en una lista de exclusión aérea, debe comunicarse con la TSA y someter una petición usando el Traveler Redress Inquiry Program.
En autobuses y trenes:
- Agentes de CBP pueden abordar autobuses y trenes, en la estación o durante el viaje, en los Estados Unidos en la región que se encuentra dentro de 100 millas de la frontera. Más de un agente típicamente aborda. Los agentes hacen preguntas a los pasajeros sobre su estatus migratorio, les piden muestren sus documentos migratorios, o ambos.
- Estas preguntas deben ser breves y relacionadas a verificar la presencia legal del pasajero en los EE.UU. Usted no está obligado a responder y puede decir simplemente que no desea hacerlo. Como siempre, tiene el derecho a permanecer callado.
Si cree que sus derechos han sido violados
- Apunte todo lo que pueda recordar incluyendo los números de las placas de los agentes y las placas de los vehículos de patrulla , de qué agencia eran los oficiales y cualquier otro detalle. Obtenga información para poder contactar a personas hayan sido testigo de los hechos.
- Si resulta lesionado, busque atención médica de inmediato y tome fotografías de sus lesiones.
- Avísele a su abogado ya que esta información podría ayudar a su caso de inmigración
- Presente una denuncia por escrito ante la división de asuntos internos o la junta civil que examina quejas de la agencia que haya violado sus derechos. En la mayoría de los casos, puede presentar una denuncia de forma anónima si así lo desea.
Recursos adicionales
- Si necesita más información, puede contactar su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- ACLU (La Unión Americana de Libertades Civiles)
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
Estoy detenido mientras mi caso de inmigración está en proceso
Sus derechos
- Algunas personas que están detenidas mientras su caso está en proceso son elegibles a ser puestos en libertad bajo fianza o con otras condiciones de comparecencia.
- Usted tiene el derecho de llamar a un abogado/a o a su familia, y tiene el derecho de ser visitado por un abogado/a mientras está en detención.
¿Qué hacer si está detenido?
- Si se le niega ponerlo en libertad después de ser arrestado por una violación migratoria, puede pedir una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. En muchos casos, un juez de inmigración puede ordenar que se le ponga en libertad o que se reduzca su fianza.
Recursos adicionales
- Si necesitas más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
- Immigrant Defense Project (Proyecto de Defensa de los Inmigrantes)
He sido arrestado y necesito impugnar una orden de deportación
Sus derechos
- Usted tiene el derecho a una audiencia para impugnar una orden de deportación a menos que usted renuncie a su derecho a una audiencia, firme algo llamado un “Stipulated Removal Order,” o acepte una “salida voluntaria.”
- Usted tiene derecho a un abogado/a, pero el gobierno no tiene que proveerle uno. Si usted no tiene abogado/a, puede pedir una lista de proveedores de servicios de asesoría legal gratuitos o a bajo costo. También puede pedir a la corte que le den tiempo para conseguir a un abogado.
Qué hacer si lo arrestan
- Si se le dice que no tiene el derecho de ver un juez de inmigración, debe hablar con un abogado/a inmediatamente. Hay ciertos casos en los que una persona puede no tener el derecho a presentar su caso ante un juez de inmigración. Pero aún si se le dice que ésta es su situación, puede pedir hablar con un abogado/a de inmediato porque los oficiales de inmigración no siempre conocen o informan de las excepciones que pueden aplicar en cada caso.
- Si teme a una persecución o tortura en su país de origen, dígaselo a un agente de inmigración y contacte a un abogado/a inmediatamente. Tiene derechos adicionales si tiene este temor.
Recursos adicionales
- Si necesitas más información, puede contactar a su afiliado local de la ACLU: aclu.org/affiliates
- National Immigration Law Center (El Centro Nacional de la Ley de Inmigración)
- Immigrant Legal Resource Center (El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes)
- American Immigration Lawyers Association (Asociación Americana de Abogados de Inmigración)
¿Cómo localizar a un ser querido en detención?
- Puede buscar en: https://locator.ice.gov
- También puede encontrar el número telefónico de cada centro de detención en: https://www.ice.gov/detention-facilities
¿Cómo saber si hay una cita en la corte?
- Puede llamar al 1-800-898-7180, necesitara el numero “A” de la persona
- Puede buscar por internet en: https://acis.eoir.justice.gov/es/
- Puede tardar algunos dias para que el numero A sea incluido en el sistema